"No voy a entrar en detalles personales ni en conversaciones privadas con las víctimas en aquellos días pero ¿recuerda el día en el que usted prometió a un grupo de estudiantes de derecho, delante de algunas víctimas, que unos cuantos testigos irían “Caminito de Jerez”?
¿Recuerda la expresión y el contenido? No sé que podrán pensar ahora esos estudiantes de usted o de nuestro sistema judicial pero sí conozco lo que las víctimas sentimos y así se lo estoy transmitiendo.”
Dicha expresión se hizo muy popular como parte de una tonadilla, inmortalizada por Estrellita Castro, que decía… “Mi jaca, galopa y corta el viento, cuando paso por el Puerto, caminito de Jerez.”
La anécdota relatada por Ángeles Domínguez en su carta hace referencia a una supuesta conversación en la que Gómez Bermúdez, delante de estudiantes de Derecho y víctimas del terrorismo, prometió que unos cuantos testigos (fundamentalmente miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado) serían objeto de deducciones de testimonio, y por lo tanto, “caminito del Penal del Puerto de Santa María”, que como se sabe, está cerca de Jerez de la Frontera.
¿Pudo decir eso Gómez Bermúdez, como promesa en firme, es decir, refiriéndose a unos testigos concretos que hubieran cometido perjurio?
Difícilmente. El sistema judicial español no se salta alegremente la presunción de inocencia, y menos aún va a hacerlo un juez. Cuando un juez intuye la comisión de un perjurio, puede proceder a una deducción de testimonio, tras la cual se abrirá una causa contra el presunto perjuro, que tendrá derecho a una vista en la que se defenderá y, tras la cual, es posible que un juez, distinto, por supuesto, del primero, puede declararle culpable.
Pero es prácticamente imposible que un experimentado juez como Gómez Bermúdez haya cometido la gravísima imprudencia de aludir a unos testigos concretos como culpables de perjurio, prometiendo a los asistentes a la conversación que serán condenados.
Y desde luego, si lo hubiera hecho, se trata de una promesa a título personal, que desde luego un juez no debe hacer, y que el sistema judicial no está obligado a mantener. Todo lo contrario, el juez que haga esas declaraciones se expone a una grave censura por parte del Consejo General del Poder Judicial.
Recordemos, a estos efectos, lo que ocurrió con el único testigo contra quien se produjo una deducción de testimonio: Díaz de Mera, que se quedó muy a gustín cuando no quiso confesar quién era la fuente que, según él, le había hablado de un informe que (al menos tal y como lo contaba Díaz de Mera) nunca pudo probarse que existiera. El caso no permitió a nadieverle desfilando tan a gustín hacia Jerez, sino que fue archivado por el Tribunal Supremo tras una carta en que el ex director general de la Policía mostró su arrepentimiento y reveló su fuente. El hecho de que LF (“la fuente”) negase haber hablado nunca con Don Agustín de tal informe no supuso tampoco una nueva deducción de testimonio por perjurio. Y es que el Tribunal no estaba para estas cosas.
Seamos generosos con Ángeles Domínguez. Vamos a suponer que su afirmación rebosa buena fe, y que lo que ha pasado es que el tiempo y la mala memoria ha distorsionado una frase del juez diferente, menos comprometida. Por ejemplo, imaginemos que los dichos estudiantes le hubiesen preguntado:
“Su Señoría… ¿qué pasaría si se comprobase que unos testigos han cometido perjurio?”
“Pues que se deduciría testimonio, y se les haría desfilar, tras el correspondiente juicio, caminito de Jerez”
Lo cierto es que el origen de la reseña sobre dicha supuesta conversación está, ¡cómo no! en la COPE, en el programa de Federico Jiménez Losantos del día 6 de Noviembre de 2007. Como la COPE no pone a disposición de sus oyentes archivos tan antiguos, vamos a ver lo que al día siguiente contaba el diario “El Mundo” (cuyo director fue testigo directo del relato de Jiménez Losantos) sobre el caso.
“El periodista Federico Jiménez Losantos, director del programa La Mañana de la cadena Cope, desveló ayer en antena parte del contenido del encuentro que él y otros periodistas mantuvieron con el juez Javier Gómez Bermúdez cuando se estaba celebrando la vista oral del juicio del 11-M, que el magistrado presidía...
…En el encuentro había «cuatro o cinco personas» y, según Jiménez Losantos, el magistrado les «dio a entender con absoluta claridad que iba a deducir testimonio». «Se lo dijo a las víctimas» y «la frase textual que empleó fue que 'se irán caminito de Jerez'», refiriéndose así al «penal de El Puerto de Santa María»…
…Gómez Bermúdez explicó al grupo de periodistas, entre los que también se encontraba el director de Informativos de la Cope, Ignacio Villa, que las deducciones de testimonio se producirían en la sentencia, lo que el magistrado definió como «el momento procesal oportuno», siempre según la versión de Losantos.”
La respuesta, desde luego, salta a la vista: no hubo tal conversación. Federico sólo cita como testigo a un periodista, tan sectario como él, y que por otra parte tiene pendido de un hilo su trabajo si contradice a Federico. No nos sabe decir, ni han aparecido, ni aparecerán, estudiantes de Derecho, periodistas formados de pijama y orinal, o víctimas que fueran testigos de tan insólita entrevista… que nunca existió.
Duerma, pues, tranquila doña Ángeles. Su preocupación sobre lo que puedan pensar los estudiantes de nuestro sistema de Derecho no está justificada.
Y recuerda Abadillo que Gómez Bermúdez afirmó, delante de varios periodistas entre los que se encontraba él mismo, que muchos policías –entre los que se estaba Sánchez Manzano– irían “caminito de Jerez” (a la cárcel) por haber cometido perjurio. Y es que, el presidente del tribunal que juzgó la masacre, “era consciente de esas falsedades, conocía perfectamente el sumario, las declaraciones de Sánchez Manzano y las pesquisas policiales. Y al final no quiso deducir testimonio”. Esa es “una de las grandes decepciones” de la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, indicó.
quieres una sentencia donde un inspector Jefe de Narcóticos, declara todas las falsedades que quiere y unas pocas más ante el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente en el Juicio con iniciales JGB, IGUAL QUE EN EL JUICIO DEL 11-M ( de los que dice caminito de Jerez, pero al inspector no lo manda caminito de Jerez, lo mandaron los del Grupo II de Asuntos Internos ) dicta una sentencia que no tiene desperdicio en la que, dice entre otras cosas que el inspector de policía actúa contrario a la ley, y muchos más piropos,- que a otro delincuente lo hubiera metido entre rejas pero a este "extrañamente" no lo metió, pero intervino directamente en un tráfico de 5.000 kg de droga y la entrada ilegal de 6 árabes indocumentados en España, antes de los atentados del 11 M, vamos para mear y no echar gota, y por eso condenan a un inocente y ese inocente colabora con el Grupo II de Asuntos internos y meten al inspector de narcóticos en la cárcel, y por ello debían de haberle rebajado 18 meses de cárcel, y el susodicho Juez JGB, teniendo la ineludible obligación por la ley 15/2003, de revisar la condena del inocente, y rebajarle por lo menos un grado ( 18 meses), como se hizo con otros presos, se niega a revisarla y le mantiene preso en la cárcel hasta el final de la condena como al peor de los asesinos terroristas, sin concederle el tercer grado ni la libertad condicional. Estos asuntos debían de investigarse por un cuerpo de Asuntos Internos del Poder Judicial pero ese cuerpo no existe ni se quiere que exista. Lego de todo esto ala venga premios con el Juez, que presuntamente no aplicó la Ley como estaba escrita. Esa es la justicia de los pobres y con distinta vara de medir.
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