domingo, 31 de mayo de 2009

FILALI OUALI

(Advierto que en este post realizo alguna interpretación de la Sentencia Tigris que puede recibir algún que otro demoledor varapalo por parte de los expertos. No en vano yo soy lego en derecho, ese mundo tan controvertido)

Pero, en fin, vamos allá:

Resulta curioso cómo nuestros amigos los himbeztigadores de Libertad Digital, tan pronto consideran a los terroristas y sospechosos de terrorismo y colaboración con bandas armadas islamistas como inocentes palomas, como les catalogan entre los más peligrosos jefes de la delincuencia organizada, cuya captura debe realizarse por encima, por debajo y a través de cualquier consideración legal, moral o ética.

La (pen)última patraña de Libertad Digital, que ahonda en la Sentencia Tigris, califica a Filali Ouali como "uno de los principales implicados en la red que ayudó a huir de España a varios supuestos autores del 11-M". Refiere que "fue detenido y condenado en Inglaterra en julio de 2004. Al cumplir condena, las autoridades británicas ofrecieron devolverlo a España. La Policía pidió su entrega a Marruecos."

Para los conspiracionistas tenemos, pues, un caso claro de negligencia de la policía, que podría deberse a que a las "cloacas" no les interesaba que fuera detenido y trasladado a España, donde pudiera ser que contase algo que no quisiesen que oyesen los castos oídos de los españoles.

En el cuerpo de la noticia, Luis del Pino, que firma la información, profundiza en "la reciente sentencia de la Audiencia Nacional sobre la Operación Tigris" que "pone de manifiesto numerosos puntos oscuros en la actuación de las autoridades y las Fuerzas de Seguridad españolas en relación con los presuntos responsables del 11-M que nos dicen que huyeron después del atentado."

En la sentencia contra la red de apoyo logístico creada para ayudar a huir de España a varios supuestos responsables de la masacre de Madrid, se ha condenado a 4 de las 14 personas inicialmente juzgadas. Los conspiracionistas suelen hacer hincapié en el número de personas absueltas, como si eso fuera demostración de la inconsistencia de las acusaciones, en lugar de revelar la optimidad de la Justicia española, que es garantista incluso con los criminales más peligrosos. Y, créase lo que se crea en conversaciones de café y mensajes dejados en contestadores de tertulianos fanáticos, yo sigo prefiriendo un país donde a mi hijo no puedan venir a buscarle a las cuatro de la mañana y hacerle desaparecer por tener un color de piel algo más oscuro, un apellido que empiece por Ben, o rece en direción a un determinado punto cardinal.

No suelen recordar, en cambio, lo más relevante de toda la sentencia: que esa red existía, que esa red ayudó a escapar a los verdaderos culpables de los atentados del 11-M, y que pese a que un buen número de sospechosos hayan salido bien librados por no poderse acreditar su culpabilidad, cuatro de ellos (a la espera de apelaciones) han sido declarados culpables de colaboración con los auténticos asesinos del 11-M más allá de toda duda razonable.

Bueno, pues la estrella "invitada" de este episodio de "Conspiranoia" es un tal "Filali Ouali", para Libertad Digital "componente de esa red de apoyo logístico", "que participó, supuestamente, en la elaboración de documentos de identidad falsos para los huidos."

Luis Del Pino continúa diciendo, en transcripción de la Sentencia, que
"Filali Ouali, de origen marroquí, era una de las personas relacionadas con
el grupo que residía en la casa de Santa Coloma de Gramanet
", "con un
papel muy relevante en las acciones de apoyo a los miembros huidos del grupo que
cometió los atentados de Madrid. Su misión, entre otras, consistía en
suministrar documentos falsificados a los huidos que les permitieran permanecer
ocultos y pasar de un país a otro, como también a otras personas captadas para
ir a Irak como combatientes jihadistas
".
Entre otras cosas, Filali Ouali suministró un pasaporte falsificado a Mohamed Afalah, uno de los huidos del 11-M.

¿No es formidable que Luis del Pino, que expresa continuamente dudas, y no tan dudas, sobre la culpabilidad de aquellos que han sido condenados con sentencia firme por su participación en el asesinato de cerca de 200 inocentes , nos esboce aquí un cuadro que, pese a salpicar el relato de los hechos de "presuntos" y "supuestos" (extraídos, por otro lado de la Sentencia), pocas dudas dejará, al lector que no conozca cómo se las gastan los perillanes de Libertad Digital, sobre lo malísimo que es Ouali?

Continuando el relato de los hechos, y en la parte de la Sentencia que habla del destino de uno de los acusados llamado Tarek Hamed Hamu, (lo cual tiene su importancia como veremos más adelante) dice:

"Después de desarrollar su actividad durante cierto tiempo en España, en abril de 2004 Filali Ouali pasó al Reino Unido, donde, en julio de 2004, fue detenido, juzgado y condenado por falsificación de documento. Lo normal es que hubiera sido entregado a España después de cumplir la condena. Sin embargo, según refleja la sentencia de la Operación Tigris, la UCIE (Unidad Central de Información Exterior) le dijo a las autoridades británicas que entregaran a Filali Ouali a su país de origen, porque su permiso de residencia en España estaba caducado, por haber permanecido fuera de nuestro país durante más de seis meses. De ese modo, Filali Ouali fue deportado a Marruecos, en lugar de a nuestro país".

El subrayado con negritas es mío.

Porque, y ya antes de pasar adelante, a mi no me parece tan evidente que "lo normal es que hubiera sido entregado a España después de cumplir la condena". Leamos despacio. Este sujeto, súbdito de un país extranjero, se encuentra en España con un permiso temporal de residencia. Es posible que haya hecho todos los estrapalucios y cometido todos los delitos recogidos en el código penal, pero no fue detectado, o quizás no se reunieron pruebas suficientes para detenerle, enausarle y condenarle. Vale, investíguese si hubo, en ese momento, un fallo de seguridad. Fallo de seguridad, ojo, que deberíamos achacar, si acaso, al equipo de Gobierno y Ministerio del Interior que dirigía José Mª Aznar López, así que no me vengan con Rugalcabras y otras inmundicias.

Tras los atentados del 11-M, Filali huye a Reino Unido. Y nótese que Luis Del Pino pasa como de refilón sobre el hecho de que, al parecer, Ouali consiguió irse a Reino Unido sin que nadie le persiguiese, señal de que, aunque hubiera por entonces sospechas, o aún certezas, sobre su papel en la red de apoyo, no era tan firme la causa contra él como para impedir su fuga.

Hablando de refilones, también pasa de perfil Del Pino sobre el hecho de que esta red, como tantas otras organizaciones delincuentes, ha sido investigada, y la causa contra ellos instruida, por su amigo Baltasar Garzón. A ver si va a resultar ahora que cuando Garzón instruye un caso y detiene a gente, que luego quedan en libertad, no se trata de "garzonadas" sino de "errores de la Policía al dejar libres a islamistas". Aclárese, señor del Pino. Y váyase, señor Del Pino.
Pero no perdamos la madeja. Para acercar un poco más el caso a nuestras entendederas, imaginemos un español que ha ido a trabjar, con permiso temporal a otro país. Verbigracia, a Francia, con un permiso de seis meses para la vendimia. Durante su estancia allí, en realidad monta una red de delincuentes. La policía gala no lo detecta, o por lo menos no reúne pruebas contra él, pero nuestro amigo, cumplidos los objetivos que se ha marcado, huye a otro país, pongamos a Holanda. En Holanda sí es detenido, y condenado a una pena leve. Una vez acabada su condena ¿dónde debe ser devuelto?

A finales de 2004 ¿existía suficiente cobertura legal para que un súbdito extranjero detenido en Reino Unido, sin permiso de residencia actualizado en España, pudiese ser expulsado a España para ser juzgado, en lugar de a su país de origen? ¿Existían pruebas suficientes, en aquel momento, para haber detenido y procesado a los miembros de la operación Tigris y a su supuesto fundador? Porque, evidentemente, la detención de Filali sin pruebas suficientes podría haber arruinado toda la operación.

Pues si consideramos que Garzón, pese a la fama de alocado capturador que lleva, tardó más de dos años, hasta 2007, para echarles el guante, muy muy muy segura no debería estar la cosa.

La sentencia -continúa diciendo Del Pino- achaca la responsabilidad en exclusiva de semejante decisión a la UCIE: "la no aceptación de entrega a España" de Filali Ouali, amparándose en la ley de extranjería, fue "decidida, también según parece, exclusivamente por la Unidad Central de Información Exterior de la Policía", ya que "la comunicación aparece firmada por el Comisario jefe del Servicio", no apareciendo "ninguna consulta ni comunicación previa al Juzgado instructor de las diligencias."

Pero, leyendo con cuidado la frase de la Sentencia, puede entenderse que existe una crítica al Comisario por haber respondido a los ingleses sin consultar con el juzgado, pero no se afirma que la decisión en sí, la expulsión a Marruecos, fuera equivocada.

Ahí puede estar una de las lamb's mothers. Con la publicación de la sentencia hemos asistido a un cruce de acusaciones entre Policía, Fiscalía, Justicia sobre quién tiene la culpa de que, en España, resulte mucho más fácil condenar a un etarra que a un terrorista islamista. No vamos a entrar en quién tiene la razón, pero anotemos que, quizás, la acusación del Tribunal contra la Policía se enmarca en este ambiente enrarecido. Lo que parece lamentar el Tribunal es que no se consultara al Juzgado instructor sobre dónde debían aparcar a Ouali. Luego el juzgado instructor hubiese dicho lo que fuese, claro. pero parece que nos encontramos en un caso de competencias, un tira y afloja sobre quién manda aquí.

Efectivamente, encontramos en la Sentencia que...

" ...hubiera tenido una gran importancia de cara a aclarar muchos aspectos de la investigación y de la acusación. [Sin embargo] al no haber sido aceptado por la Policía Española, cuando fue puesto a su disposición por la homóloga Británica, no se ha podido contar con el mismo en el presente procedimiento, a pesar de la relevancia que al mismo se le daba al inicio de las investigaciones, tanto por la Policía Judicial como por el propio Juez Instructor".... y que era "persona a la que a largo de todo el procedimiento, incluso ya desde sus inicios, se le imputó por la Policía y por el Juzgado ser el máximo responsable y coordinador de la Red Tigris"... cuya "falta de presencia en el procedimiento de esta figura tan trascendental"... "no ha sido ni suficientemente explicada ni aclarada".

Que sí, que sí. Que su presencia hubiera, quizás, resuelto muchas dudas. pero ¿era legal la retención del sujeto en España?

Lo que Del Pino oculta aquí es que lo que en estos párrafos el Tribunal está decidiendo es si existe, o no, un perjuicio para Tarek Hameden por no haber dispuesto de la presencia de Filali.
Porque, justo antes de la última párrafo que trae, mutilada, Don De Pino, está diciendo el Tribunal...
En cuanto a los efectos reales e incidencia probatoria de esa falta de presencia, resulta cierto que, en términos generales, en la mayoría de los casos, no debería tener ninguna relevante, dado que, la normalidad, en la mayoría de los procedimientos donde existe un pluralidad de personas acusadas, es que no sea posible seguir el enjuiciamiento contra todos los presuntos responsables en un mismo proceso, por no estar todas ellas a disposición de la justicia, ni tan siquiera en muchas ocasiones contar con el testimonio de algún coimputado relevante que haya podido ser juzgado en otro procedimiento y que porque ya haya cumplido condena o por otra causa no imputable a nadie, simplemente no sea posible su presencia. Por tanto, la actividad probatoria se ha de llevar a cabo dentro de las posibilidades existentes.
Pese a decir, como vemos, que la ausencia de Filali no debería tener relevancia, el Tribunal cambia de tercio para meter un puyazo en to lo alto a la UCIE afirmando que, en este caso, la ausencia puede ser especialmente relevante y no ha sido suficientemente aclarada, y terminar la exposición con otro viraje, diciendo:
Esta falta de presencia del coencausado por las razones indicadas no puede jugar de ninguna manera en perjuicio del acusado Tarek Hamed Hamu.
En realidad, explicada o aclarada sí ha sido. Otra cosa es que no le convenza al Tribunal la explicación, y/o se queje de que el Poder Judicial no ha sido convenientemente tenido en cuenta aquí.

La propia sentencia Tigris, que Del Pino considera Biblia para lo que quiere, y papel higiénico para lo demás, recuerda que "en el folio 870 del Sumario aparece escrito fechado 17.12.2004, remitido por el Comisario General de Información al Juzgado, al que se adjunta escrito elaborado por la Unidad Central de Información Exterior, a folios 871-872, por el que se indica la inminente expulsión del Reino Unido a Marruecos de Filali Ouali después de haber cumplido condena en dicho país, y que ya ha sido comunicada a la autoridad competente británica que no se acepta la devolución a España, donde se le están siguiendo diligencias de investigación ya judicializadas en el que se le tiene como máximo coordinador de la Red Tigris y sobre el que se centraron principalmente las investigaciones, debido, según el escrito a que...
“La devolución debe efectuarse a su país de origen, del que según determina el artículo 53. 1. Apartado d, del Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica de Extranjería 4/2000 de 11 enero, modificada por la Ley Orgánica 8/2000 de 22 diciembre, su autorización de residencia en España se ha extinguido automáticamente, al haber su portador, permanecido más de seis meses de forma continuada fuera de España"
Yo soy ignorante en lo que a las leyes se refiere, pero para mí está claro que el Comisario no tiene ninguna duda de haber actuado correctamente, pues responde a la cuestión planteada por sus colegas ingleses según su entender y se lo comunica inmediatamente al juzgado, es de suponer que por si quiere tomar medidas para prosegur con las diligencias.

De hecho, en el párrafo siguiente, dice la Sentencia... "Fuera de la comunicación al Juzgado (fechada 20.12.2004), según parece, a hechos pasados, de la no aceptación de entrega a España de Oulia Filali, amparada en la ley de extranjería, pero decidida, también según parece exclusivamente por la Unidad Central de Información Exterior de la Policía (la comunicación aparece firmada por el Comisario jefe del Servicio), no aparece ninguna consulta ni comunicación previa al Juzgado instructor de las diligencias."

Da la impresión de que se trata más de una cuestión de procedimientos que de incorrecta aplicación de la Ley, que el Tribunal no pone en duda. Se lamenta de que no esté aquí, de que no se les haya consultado, pero no habla de negligencia, ni dice, en ningún lado, que la respuesta al Ministerio del Interios ingñes debiera haber sido otra.

Tenemos, pues, un posible caso de descoordinación o malas relaciones entre servicios del Estado. pero no estamos ante una negligencia criminal, ni muchísimo menos se ha dejado en libertad a un terrorista con intención de que no hable o se fugue. Curiosamente, Filali, a través de su hermano, solicitó que fuera expulsado a España, y no a Marruecos, cosa que no le fue concedida.

Como siempre, Luis del Pino et al no utilizan sus poderes mediáticos para mejorar las líneas de investigación del 11-M, sino que manipulan, mienten y engañan descaradamente, para hacer creer lo que no es.

En este caso, extrae de la Sentencia los párrafos que le interesan, pegándolos, incluso, de manera que cambien el sentido de todo, y así, por ejemplo, acaba con:

La sentencia de la Operación Tigris concluye:

"Esta persona, según parece, permanece en la actualidad en Marruecos, desconociéndose su situación, aunque consta la denuncia transmitida por el Juzgado Central de Instrucción nº 5 para su persecución penal en aquel país."

Es decir, que después de rechazar que nos lo entregaran, se cursó a Marruecos orden para que lo persiguieran penalmente allí.

Filali Ouali es el tercer individuo relacionado con el 11-M al que parece que nadie quiso echar el guante. El periódico El Mundo revelaba, hace unas semanas, que uno de los huidos del 11-M, Daoud Ouhane, fue grabado por la Policía en mayo de 2004 en Santa Coloma de Gramanet, a pesar de lo cual nadie evitó que huyera de nuestro país. Libertad Digital informó hace unos días, por su parte, de que otro de los huidos del 11-M, Mohamed Afalah, estuvo en Turquía diez meses a disposición de la Policía española, sin que nadie reclamara su entrega.
Sin embargo, hay algo en el caso de Filali Ouali que lo diferencia de los otros dos episodios: en el caso de Ouhnane, nadie le impidió huir; en el caso de Afalah, nadie reclamó su entrega. En ambos casos, por tanto, quedaría margen para pensar en una posible, aunque extremadamente improbable, explicación basada en la pura negligencia. Sin embargo, con Filali Ouali, existe constatación documental de que se rechazó la entrega a nuestro país de forma expresa.
Como hemos visto, hay motivación, y posiblemente irrebatible, para la decisión de la UCIE de no aceptar la expulsión a España (otra cosa es si tiene competencias o si debería haber consultado al juzgado, por prudencia). Como hemos visto, el juzgado no impugna esa decisión, sino los procedimientos. Como hemos visto, el motivo no es, de ninguna manera, la ocultación de datos. Como sabemos, la solicitud a Marruecos para que lo encausen es la acción normal en estos casos.

Lo que no sabríamos, si de Don Luis dependiera, es que la Sentencia Tigris establece, de manera indudable, la autoría de los condenados por el juicio del 11-M, de los muertos en Leganés, y de unos cuantos más, entre ellos los condenados en este juicio, en los atentados de Madrid, y no deja ni el más mínimo hueco a delirios sobre txapelas, pelanas, cloacas y demás morralla conspiranoica.

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